Octubre 5 y 6 de 2017
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACION
EN CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN
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2.
Los accionistas tendrán voz y voto, las acciones serán de igual valor y
conferirán los mismos derechos.
3.
Cualquier accionista podrá someter asuntos a consideración de la asamblea,
para que sean incluidos en el orden del día, siempre que lo solicite al
administrador por escrito o por medios electrónicos, si se acuerda un sistema
de información conforme el artículo 89 del CCom.
4.
El administrador enviara a todos los accionistas el asunto sujeto a votación
por escrito o por cualquier medio electrónico si se acuerda un sistema de
información en términos del artículo 89 del CCOM, y se indique la fecha para
emitir el voto respectivo.
5.
Los accionistas manifestaran su voto sobre los asuntos por escrito o por
medios electrónicos si se acuerda un sistema de información conforme al
artículo 89 del CCOM, ya sea de manera presencial o fuera de asamblea.
La asamblea de accionistas será convocada por el administrador de la sociedad,
mediante la publicación de un aviso en el sistema electrónico establecido por la SE
con antelación mínima de cinco días hábiles. En la convocatoria se insertará el
orden del día con los asuntos que se someterán a consideración de la asamblea,
así como los documentos que correspondan.
Si el administrador se rehúsa a hacer la convocatoria, o no lo hace dentro del
término de 15 días siguientes a la recepción de la solicitud de algún accionista, la
convocatoria podrá ser hecha por la autoridad judicial del domicilio de la sociedad,
a solicitud de cualquier accionista.
Agotado el procedimiento, las resoluciones de la asamblea de los accionistas se
considerarán válidas y serán obligatorias para todos los accionistas si la votación
se emitió por la mayoría de los mismos, salvo que se ejercite el derecho de oposición
previsto en la misma LGSM.